Gonzalo Delamaza – Septiembre 2025
El gobierno ha dado -por fin- cumplimiento a su compromiso programático de presentar un proyecto de reforma a la Ley 20.500 de Asociatividad y Participación Ciudadana en la Gestión Pública. La ley data del 2011 y desde 2017 se cuenta con un conjunto de propuestas consensuadas por el Consejo Nacional de Participación Ciudadana convocado por la ex presidenta Bachelet.
El proyecto del gobierno
El proyecto considera algunas de esas propuestas, principalmente tres de ellas: fortalece el rol gubernamental en el impulso a la participación, a través de labores de reglamentación, fomento, supervisión y rendición de cuentas a nivel de todos los servicios públicos; establece criterios de paridad y brinda más autonomía a los Consejos de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC) municipales, así como a los Consejos del Fondo de Fortalecimiento a los Organismos de Interés Público, por medio de la elección de sus presidente/as, en el primer caso reemplazando al alcalde. En tercer término, les da un rol específico a los COSOC de los organismos de gobierno en el ámbito de las políticas y los planes de participación ciudadana.
En el ámbito conceptual, también el proyecto precisa términos como organizaciones de la sociedad civil, dirigentes sociales y los propios COSOC, definiéndolos como “órganos deliberativos, de carácter consultivo e incidente”. Además, establece tanto la libertad de asociación como la participación como derechos reconocidos por el Estado. Sobre este último derecho, se señala que “comprende la facultad de las personas para involucrarse, de manera individual y colectiva, en los procesos de formación, toma de decisiones y desarrollo de asuntos públicos, conforme al interés general de la sociedad democrática, con el propósito de canalizar e incidir en los requerimientos y respuestas relacionados con sus derechos económicos, sociales, culturales, políticos y civiles, así como los derechos de las organizaciones o grupos a los que pertenezcan” (Art. 1). Este derecho se regirá a través de conjunto de siete principios, como voluntariedad, transparencia y publicidad, entre otros, que se incorporan a la administración pública y que otorgan un marco para esta y futuras reformas que amplíen la participación. Una mejor conceptualización ayuda a despejar la vaguedad con que se utiliza el término “participación”.
Por otra parte, permite otorgar recursos para la movilidad de las y los consejeros de la sociedad civil, incorpora los diálogos participativos entre los instrumentos a utilizar y, finalmente, insta a las instituciones públicas a avanzar en algunas materias relevantes. Aunque, en este último caso, el proyecto de ley no es taxativo. Antes bien utiliza los verbos “procurarán” y “podrán” para referirse a los diálogos participativos, el nombramiento de encargados y el establecimiento de Unidades de Participación, entre otros aspectos. El proyecto no aborda la falta de sanción que existe al incumplimiento de la ley, una de sus falencias principales. En síntesis, el proyecto brinda un marco más fuerte y coherente a la institucionalidad de la participación y fortalece y perfecciona algunos de sus instrumentos. Pero no introduce innovaciones verdaderamente significativas a la ley actual, por lo que consideramos que es un paso que debe ampliarse y profundizarse durante su discusión legislativa.
Años participativos que nos permiten aprender
¿Por qué debe innovarse de modo más decidido en esta materia? Porque los trece años transcurridos desde la dictación de la Ley 20.500, más allá de sus limitaciones intrínsecas, han sido años plenos de participación, pero cuyas principales lecciones no se recogen en este proyecto de ley. En el primer período, entre 2011 y 2019 se vivió un intenso proceso de movilización extrainstitucional -es decir por fuera de esta y otras leyes- protagonizado por diversos movimientos sociales. A pesar de algunos logros, como en educación y normas contra la violencia de género, dicho período reveló dificultades importantes para que la participación fructificara en cambios. Una de ellas es la ausencia de mecanismos de democracia directa que canalicen las diferentes disputas y propuestas a través de la voluntad popular, a pesar de la amplitud de los cabildos en 2019 y la masividad de algunos movimientos sociales previos. La otra es la debilidad orgánica de nuestra sociedad, que se ha mostrado capaz de movilizarse masivamente, como ocurrió a fines de 2019, pero no de consolidar las organizaciones y coordinaciones necesarias para una buena interlocución política con el Estado. La rápida expansión reciente de las redes sociales, regidas por algoritmos destinados a incrementar y monetrizar la atención y de las personas, tiene consecuencias simplificadoras y polarizantes en la deliberación ciudadana. Ello dificulta aun más construir y sostener formas de organización y articulación en torno a los diferentes asuntos. Sobre ambos asuntos debemos avanzar.
En el segundo período, comprendido entre 2020 y 2023, se pusieron en práctica diversos mecanismos de participación en ambos intentos constitucionales. Ellos vinieron a sumarse a la práctica de los “encuentros autoconvocados”, que se habían hecho conocidos en 2016. Así, las Iniciativas Populares de Norma, las Relatorías de Participación, el uso de medios virtuales, los cabildos y las audiencias públicas estuvieron presentes tanto en durante la Convención Constitucional, como luego apoyando el Consejo Constitucional. Se trata de procesos que fueron sistematizados y canalizados a través de un saber profesional que ya había hecho sus primeras armas sistematizando el proceso de 2016. Lo realizado en 2023 en esta materia, a cargo de las universidades de Chile y Católica, logró descentralización, buena organización y una completa sistematización, aprovechando los aprendizajes de los procesos anteriores. Todos estos procesos fueron involucraron a muchas organizaciones de todo orden y fueron muy masivos, en especial el de la Convención, que alcanzó entre un millón y medio y dos millones de personas participando. En otros términos, a propósito de los intentos constitucionales experimentamos los procesos más masivos e innovadores de participación institucional de nuestra historia.
Pero ello no es todo: si tomamos en consideración las propuestas emanadas de los órganos de deliberación constitucional (Convención, Comisión Experta y Consejo), podemos apreciar que existe un mínimo común respecto de la participación, mas allá de sus inmensas diferencias ideológicas y políticas. Dichas propuestas mínimas incluyen: iniciativa ciudadana de ley, consultas o audiencias públicas obligatorias para la dictación de normas generales de la administración pública a diferente nivel, asegurando la sistematización y procesamiento del resultado de dichas consultas; mecanismos de participación en la fiscalización y control de las políticas públicas; plebiscitos y referendos regionales y consultas regionales sobre prioridades presupuestarias ciudadanas al menos una vez en el período de manera obligatoria. No está demás recordar que si bien las propuestas constitucionales fueron rechazadas, ello no ocurrió por estos contenidos, que ni siquiera fueron debatidos en las campañas plebiscitarias. Tenemos por tanto un amplio consenso para avanzar sobre estas bases.
Hacia una participación ciudadana 2.0
En buenas cuentas hemos tenido experiencias masivas y propositivas de participación, hemos experimentado los límites y dificultades existentes y hemos aprendido como hacer mejor las cosas. La paradoja actual es que durante estos años no hemos incorporado nada de todo esto en nuestra legislación. Es verdad que en el momento actual son otras las urgencias que parecen dominar la agenda pública. Sin embargo, tenemos la oportunidad de poner en debate algunos de estos “mínimos comunes participativos”, pudiendo obtener altos consensos a partir de la experiencia de estos años. Señalaré tres ámbitos que pueden complementar los propuesto por el proyecto del gobierno y darle una verdadera importancia política y orientación estratégica.
Lo primero son los mecanismos de democracia directa. Tanto la iniciativa ciudadana de ley como los referendos, son instrumentos que pueden implementarse a partir de la experiencia previa. En el caso de los referendos locales, estos ya se encuentran en nuestra legislación desde 1999, pero han sido impracticables por sus barreras de entrada, lo que fue reconocido incluso por el ex presidente Piñera durante su primer gobierno. El actual proyecto rebaja el quorum de firmas a 5% de los votantes en la última elección, lo que se justifica por el incremento del padrón. Pero resta el problema del costo para ciudadanos y municipios. La fórmula que se puede usar es la que existe en muchos países del mundo: realizar los referendos de manera simultánea a las elecciones regulares, confiando su escrutinio y resultados al SERVEL. Ello disminuye dramáticamente el costo, garantiza condiciones adecuadas y vincula de manera virtuosa democracia participativa y representativa. Ello puede replicarse a nivel regional, fortaleciendo la descentralización.
Otro ámbito en el que la ley actual es débil y el proyecto no innova es en el fomento de la asociatividad, asunto de gran importancia en una sociedad que debilita sus vínculos y se fragmenta. Recuperar el rol de las juntas de vecinos (una junta de vecinos por cada unidad vecinal) o alguna forma de coordinación de la acción asociativa en los barrios, es una prioridad desde que se modificó la ley de juntas de vecinos en 1989, precisamente para fragmentar la acción colectiva. Pero también buscar fórmulas innovadoras de reconocimiento y facilitación de la acción organizada, más allá de las Juntas de Vecinos, vía capacitación, articulación de fondos, innovación metodológica, etc. No solamente para beneficio de las políticas y programas públicos, sino como necesidad de la propia sociedad.
Por último, es necesario dar una importancia mayor a la acción voluntaria. Si bien el proyecto menciona al voluntariado, no propone mayores avances en esta materia, que tanta importancia tiene en la atención de diferentes problemáticas sociales y humanitarias. Se ha propuesto anteriormente un Estatuto del Voluntariado y puede ser esta la ocasión de retomarlo.
El debate legislativo es una gran oportunidad para el gobierno, los congresistas y, sobre todo, la sociedad civil, para profundizar la dimensión participativa de nuestra democracia, acogiendo innovaciones que existen en muchas partes del mundo y que en Chile no hemos podido incorporar. En términos políticos ello implica reconocer que la participación ciudadana lejos de ser una amenaza, es parte de la solución a los problemas de desconfianza, deslegitimación y erosión de la adhesión a la política democrática.


